Destino de los aportes y pensión de un jubilado de la ONP sin hijos que fallece en Perú en 2025

Los aportes realizados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) por un jubilado que no tuvo hijos no se pierden tras su fallecimiento. El dinero puede ser heredado por otros familiares o beneficiarios designados según la normativa vigente.
En Perú, los jubilados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP) deben estar informados sobre qué sucede con sus aportes y la pensión que recibían en caso de fallecer, especialmente si no tuvieron hijos.
Según la normativa vigente para el año 2025, la pensión del afiliado de la ONP puede continuar para sus deudos a través de la pensión de viudez (si tiene cónyuge) o la pensión de orfandad (si existen hijos menores de edad o un dependiente).
Pero en el caso particular de un jubilado que no tuvo hijos, la ONP señala que los aportes realizados nunca se pierden. Estos aportes forman parte de un derecho que puede ser reclamado por otros beneficiarios legales, como los padres o hermanos, de acuerdo con la Ley del Sistema Nacional de Pensiones y su reglamento.
La liquidación o devolución de los aportes corresponde a los herederos testamentarios o, en su defecto, a los herederos intestados definidos en la legislación peruana. Esto implica que aunque el jubilado no haya dejado descendientes directos, sus aportes y fondos acumulados pueden ser recogidos por sus familiares cercanos que califiquen como beneficiarios.
Adicionalmente, el pago de la pensión cesa automáticamente al momento del fallecimiento del titular, sin embargo, los familiares pueden iniciar los trámites para acceder a las pensiones derivadas, tales como la de supervivencia si es aplicable.
Este enfoque protege el derecho de los aportantes al sistema de pensiones, evitando la pérdida de los recursos acumulados durante la vida laboral, independientemente de si tuvieron o no hijos.
Respecto a diferencias con regulaciones anteriores, la ley mantiene el respeto a los derechos de los aportantes, pero ha reforzado los procesos de notificación y la protección de los beneficiarios para asegurar que los aportes sean transferidos correctamente y no queden en el sistema sin reclamación.
Finalmente, los trámites para la reclamación de estos aportes deben hacerse directamente ante la ONP, presentando los documentos que acrediten la relación familiar o el derecho legal sobre la herencia, y siguiendo los procedimientos establecidos.
En resumen, un jubilado ONP sin hijos que fallece en 2025 no verá sus aportes desaparecer: estos podrán ser heredados por familiares autorizados y la pensión que percibía cesará al fallecimiento, con posibilidad de pensiones derivadas para otros beneficiarios legales[1][3].